Eleccion de Jueces de la Corte Suprema por Decreto. Retroceso histórico y golpe a la división de poderes
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27-02-2025


La Defensoría del Pueblo del Chaco, fiel a su mandato de custodiar los valores republicanos y la integridad del sistema democrático, alza su voz ante un acto que trasciende lo jurídico para convertirse en una herida abierta a la arquitectura institucional argentina. La designación mediante el Decreto de integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, constituye un quiebre histórico en la tradición de diálogo y equilibrio que debe primar entre los poderes del Estado. No se trata solo de una cuestión de formas, sino de un gesto político que, bajo el paraguas de un artículo constitucional, desnuda una voluntad de concentrar facultades, evadir controles y socavar la esencia participativa de nuestra democracia

La gravedad institucional radica en la fractura deliberada del sistema de pesos y contrapesos. El artículo 99, inciso 19, de la Constitución, invocado para justificar este nombramiento, no es una llave maestra para sortear al sistema republicano, sino un recurso excepcional que debe ejercerse con prudencia y en contextos de verdadera urgencia. Sin embargo, su aplicación aquí —a escasos dias del inicio del período legislativo y sin justificación alguna— revela una estrategia de elusión. Al omitir la intervención del Senado, órgano que encarna la representación federal y popular, el Poder Ejecutivo no solo desconoce su rol constitucional, sino que convierte al máximo tribunal en una extensión de su voluntad, sembrando la duda sobre la independencia judicial y la imparcialidad de quienes asumirán la custodia de nuestros derechos.

En un país que aún lucha por erradicar la cultura del atajo institucional, esta designación envía un mensaje perverso: que los cargos vitalicios en la Corte pueden obtenerse sin consenso, sin escrutinio público, sin la mínima rendición de cuentas. Es un golpe a la confianza ciudadana, ya debilitada por décadas de tensiones entre poderes, y un precedente que normaliza la opacidad. ¿Cómo exigir transparencia a la ciudadanía si el propio Estado recurre a mecanismos que evaden el debate? ¿Cómo sostener la legitimidad de las instituciones cuando sus decisiones nacen en la penumbra de un decreto y no en la luz del Parlamento?

Asimismo, la exclusión de una mujer en la integración de la Corte Suprema no es un detalle menor: es un retroceso que contradice leyes nacionales, ignora tratados internacionales ratificados por Argentina, y ofende a una sociedad que exige representación real en todos los espacios. La ausencia femenina en el máximo tribunal no solo empobrece la perspectiva de sus fallos, sino que perpetúa un modelo de poder androcéntrico, donde las mujeres siguen siendo invitadas de piedra en las decisiones que definen sus propias vidas.

La Defensoría del Pueblo del Chaco, en consonancia con su compromiso irrenunciable con la justicia social y la democracia participativa, rechaza enérgicamente este decreto por considerar que institucionaliza prácticas autoritarias, deslegitima al Poder Judicial y agrava la crisis de representatividad que atraviesa el país. Exhortamos al Poder Ejecutivo a rectificar de inmediato, sometiendo los pliegos al Senado para su tratamiento urgente, y exigimos a la Cámara Alta asumir su rol histórico como último bastión contra el hiperpresidencialismo, garantizando un debate profundo, plural y público.
 

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